quarta-feira, 6 de maio de 2009

¿Pueden reprobar al Papa?

Aproveché el puente de mayo para pasar unos días en mi amada Dixieland. Como suele ser habitual en estas ocasiones, mis amigos de décadas me preguntaron por la situación en España y yo procuré no contarles demasiado porque no sólo no nos entienden sino que además se deprimen al saber lo que pasa. 

Esta vez, pusieron el grito en el cielo por el número de parados y se quedaron estupefactos cuando les narré lo de la iniciativa parlamentaria para reprobar al Papa. No lo entendían, pero, a decir verdad, viendo lo que ha aparecido en la prensa estos días con una clara polarización entre los que casi son partidarios de colgar al Papa en el hemiciclo y los que defienden que no se puede siquiera mencionar su nombre salvo para alabarlo, tampoco nuestros medios les hubieran ayudado mucho a comprender. 

Permítaseme pues plantear algunas preguntas y responderlas a fin de arrojar algo de luz y cordura sobre el tema. ¿Puede el Parlamento reprobar al Papa? No. El Parlamento no puede reprobar a ningún jefe de Estado extranjero. En todo caso, podría condenar sus acciones si perjudicaran los intereses nacionales, por ejemplo, si Benedicto XVI lanzara a la guardia suiza a invadir territorio español, pero, sinceramente, tal eventualidad no me parece probable. ¿Puede el Parlamento criticar los discursos del Papa? Aquí se impone una disquisición entre el Papa como cabeza de una iglesia que cuenta con centenares de millones de fieles y como jefe del único estado absoluto que queda en Europa. En calidad de cabeza de la Iglesia católica, lo que diga o haga el Papa como autoridad espiritual ha sido objeto de crítica por los mismos católicos desde tiempo inmemorial. 

Catalina de Siena no dudó en enfrentarse con las acciones de los dos papas que se excomulgaban recíprocamente durante el denominado Cisma de Occidente y Erasmo o los hermanos Valdés dedicaron páginas satíricas -e irrefutables- a la corrupción del papado renacentista. Sin embargo, a pesar de semejantes precedentes, el Parlamento no cuenta con esa competencia salvo que decida que también es su misión dedicarse a opinar sobre la universidad islámica del Cairo, la Convención bautista del Sur o la Ciencia cristiana de Mary Baker Eddy.

Como emitidas por un poder temporal, las declaraciones papales pueden ser objeto de discusión en el Parlamento y, de hecho, contamos con precedentes recientes y en todas las direcciones. Nuestros lectores recordarán, por ejemplo, cómo la izquierda acogió como agua de mayo la condena de Juan Pablo II a la intervención aliada en Irak - algo de lo que pasó la derecha olímpicamente- mientras que satanizó las palabras del mismo pontífice cuando se pronunció contra la política anti-trasvase de ZP. 

Con todo, este comportamiento debería caracterizarse por el principio de igualdad y aplicarse también a otros jefes de Estado como Fidel Castro, Hugo Chávez o Evo Morales lo que, por cierto, no se ha hecho a pesar de que han dañado en repetidas ocasiones los intereses españoles. 

Finalmente, a todo lo anterior debería sumarse un criterio de economía política en este último tipo de actuaciones y dado que el tiempo de que disponen sus señorías es finito -y el que van al congreso aún más- sería deseable que lo emplearan en cuestiones más importantes para aquellos que les pagamos el sueldo. De nada. A mandar.

César Vidal
www.larazon.es

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