quinta-feira, 28 de fevereiro de 2008

Aborto y objeción de conciencia

La propuesta electoral del PSOE de regular la objeción de conciencia frente al aborto es una nueva demostración de la falta de sensatez con la que los socialistas están analizando el problema del aborto ilegal en España. Por lo pronto, la objeción de conciencia está directamente relacionada con la libertad ideológica y religiosa que reconoce la Constitución. Su ejercicio es un derecho reiteradamente amparado por el Tribunal Constitucional, cuando está justificado por un conflicto de intereses serio y grave, como es el que se produce cada vez que se plantea la muerte dolosa de un feto, es decir, el aborto. En pocos casos como el de la «interrupción voluntaria del embarazo» está tan justificada la objeción de conciencia, porque, sencillamente, es la defensa moral y legal de los profesionales de la medicina para ser fieles a su juramento hipocrático y, en definitiva, a la esencia de su función, que es defender la vida humana. Por tanto, la pretensión socialista de regular la objeción de los médicos irrumpe de lleno en el régimen de los derechos constitucionales. Además, el aborto no es un derecho de la mujer al que corresponda la obligación del médico a practicarlo. El aborto es un delito que la ley no castiga sólo en tres supuestos, lo que quiere decir que nadie tiene derecho a abortar, de la misma manera que nadie tiene derecho al homicidio por el hecho de que éste quede impune cuando se comete en legítima defensa.

El problema es que la tolerancia social hacia el aborto ha invertido los valores que están en juego, de manera que la excepción se convierte en regla general y el derecho a la vida cede a favor del voluntarismo de la mujer. Pero esta situación de hecho no puede dar lugar a una nueva mutación de valores constitucionales, como sería la de restringir la libertad de conciencia de los médicos frente al aborto. ¿Se propondrá el PSOE obligar a los médicos de la sanidad pública a que interrumpan embarazos? ¿Sancionará a quienes se nieguen? Sólo el aborto practicado como solución a un conflicto vital absoluto entre el feto y la madre puede calificarse como acto médico, en sentido estricto. El aborto por taras físicas o psíquicas del feto, por violación o por supuestos daños a la salud mental de la madre difícilmente puede encajar en el arte de la medicina. La estrategia socialista es lanzar cortinas de humo ante las revelaciones sobre prácticas ilegales de abortos y cruentas técnicas abortivas. El PSOE quiere desviar la atención de la opinión pública, despojar al debate del aborto de cualquier sentido ético y asociar malévolamente a la objeción de conciencia de los médicos de la sanidad pública la extensión de las irregularidades detectadas en centros abortistas de Madrid y Barcelona. Más necesario que acosar a los médicos objetores es implantar nuevas garantías para que se cumpla la ley -autorización judicial, dictámenes previos emitidos sólo por médicos de la Seguridad Social-, de forma que los casos despenalizados de aborto sean muy excepcionales.

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