sexta-feira, 26 de março de 2010

Garzón, el inquisidor

Cada vez resulta más evidente que Baltasar Garzón no instruyó el caso Gürtel con ánimo de que se hiciera Justicia, sino con la intención de dar a los periódicos titulares jugosos y a las televisiones imágenes de dirigentes de la oposición esposados. Por eso ordenó escuchar las conversaciones de los acusados con sus abogados, conversaciones que en muchos casos terminaron en las páginas de El País. Es posible que en su extrema arrogancia creyera que nadie se atrevería a echar abajo estas pruebas, obtenidas ilegalmente. Pero tampoco parece probable que le importara demasiado. Todo apunta a que su objetivo era otro.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado un auto en el que invalida como pruebas las escuchas ordenadas por Garzón a las conversaciones entre los primeros detenidos por la trama Gürtel y sus abogados. Como venimos indicando desde hace meses, para no violar el derecho a la defensa, la ley española sólo permite intervenirlas con una orden judicial y en casos de terrorismo, debido a que se ha comprobado con frecuencia que los letrados pertenecen a la misma organización que el detenido. Unas garantías que se saltó Garzón a la torera, poniendo en riesgo la instrucción y las posibles acciones legales contra los acusados.

Para los magistrados del TSJM, intervenir de forma habitual estas conversaciones podría terminar cumpliendo el mismo papel que "métodos inquisitoriales" como la tortura: violar el derecho de todo detenido a la defensa, derecho cuyo incumplimiento masivo implicaría la destrucción de todo atisbo de Estado de Derecho en nuestro país.

Para colmo de bienes, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado de forma unánime la pretensión de Garzón de que fuera sobreseída la causa por prevaricación que instruye el juez Luciano Varela con motivo de su absurda pretensión de meter entre rejas el cadáver de Franco. "Ni hay certeza sobre la inexistencia del delito, ni es arbitraria, ilógica o absurda una posible calificación acusatoria por prevaricación", ha concluido el tribunal. Dado que el juez estrella tuvo que contradecir sus propios autos anteriores denegando la posibilidad de investigar a Carrillo por los mismos crímenes contra la humanidad que sí quería investigar en el caso de notables.

Las garantías jurídicas están en el ordenamiento por una razón: impedir el abuso de poder. Los jueces instructores tienen la posibilidad legal de hacer u ordenar hacer cosas que serían ilegales si cualquier otro ciudadano las hiciera. De ahí que su actuación esté limitada por la ley. Garzón no se enfrenta a un posible procesamiento por "investigar el franquismo", sino porque los procesos penales sólo pueden seguirse contra personas vivas, y las leyes deben seguirse siempre; el juez no puede ignorar la ley de amnistía en este caso cuando la utilizó años antes para evitar perseguir a Carrillo.

Los jaleadores oficiales de Garzón podrían encontrarse así en vísperas de un escenario para ellos aterrador en que la forma clásica de actuación del juez, la arbitrariedad más absoluta, se tradujera en la absolución de parte de la trama Gürtel, y su magistrado preferido fuera de la carrera judicial por la primera de las tres causas que actualmente tiene abiertas en el Tribunal Supremo.

Editorial LD

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